19 de abril de 2024

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El certificado de movilidad durante el toque de queda en Catalunya(PDF)

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Horrapress España

El toque de queda o confinamiento nocturno que entró en vigor la madrugada del sábado en Catalunya considera algunas excepciones en las que permite a los ciudadanos salir a la calle entre las 22.00 y las 06.00 horas. Pero con la obligacion de presentar la declaración de autorresponsabilidad emitida por el Govern de la Generalitat que adjuntamos en este mismo articulo.

Una declaración que no sustituye al certificado de trabajo que facilitan las empresas, y es necesario tanto para movilidad a pie como en vehiculo .

Se debe detallar el trayecto y demostrar el motivo del desplazamiento que a continuacion os detallamos los motivos permitidos para salir del domicilio en el horario de restricciones.

Causas justificadas

 1- Desplazamiento por asistencia sanitaria de urgencia y para ir a la farmacia por razones de urgencia, siempre que sea la más próxima al domicilio, así como por asistencia veterinaria urgente.

2-Desplazamiento de personas trabajadoras y sus representantes para ir o volver del centro de trabajo, así como aquellos desplazamientos en misión inherentes al desarrollo de las funciones propias del puesto de trabajo o de su actividad profesional o empresarial. Se incluyen, en todo caso, los desplazamientos de personas profesionales o voluntarias debidamente acreditadas para realizar servicios esenciales, sanitarios y sociales.

3-Retorno al domicilio de las actividades permitidas de conformidad con la Resolución SLT/2212/2021, de 13 de julio, por la que se modifica la Resolución 2147/2021, de 8 de julio, por la que se prorrogan y se modifican las medidas en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia de COVID-19 al territorio de Cataluña: actividades culturales y deportivas, tiendas de conveniencia, establecimientos comerciales anexos a gasolineras, servicios de restauración, incluida la recogida en el establecimiento y la prestación de servicios a domicilio, y salones de juegos, casinos y salas de bingo.

4-Cuidado de personas mayores, menores de edad, personas dependientes, con discapacidad o especialmente vulnerables por motivos inaplazables. Se incluyen los desplazamientos por necesidades de personas con trastornos de la conducta, discapacidad o enfermedad que requieran actividad en el exterior para su bienestar emocional o de salud, cuando esté debidamente justificado por profesionales sanitarios o sociales con el certificado correspondiente. También se incluyen los desplazamientos necesarios para la recogida y cuidado de menores de edad en caso de progenitores separados, divorciados o con residencia en lugares diferentes.

5-Actuaciones urgentes ante órganos judiciales.

6-Retorno al lugar de residencia habitual tras haber realizado las actividades permitidas detalladas anteriormente.

7-Cuidado de mascotas y animales de compañía durante el tiempo imprescindible y siempre de modo individual en la franja horaria comprendida entre las 04.00 y las 06.00 horas.

8-Causa de fuerza mayor u otra situación de necesidad justificada.