Sáhara marroquí: una Corte Africana excede sus competencias
Mohammed Yasser Boubekri
Los jueces de la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (entre ellos un Argelino y una Tunezina) dictó, el jueves 22 de septiembre de 2022, su sentencia tras la denuncia del ghanés Bernard Anbataayela Mornah contra ocho países africanos amigos de Marruecos, lo que constituye una decisión inaceptable que atenta contra la integridad territorial del Reino. Si bien Marruecos no es parte en este caso ni en la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, las acusaciones formuladas contra estos países hermanos constituyen un intento desesperado de Argelia y el Polisario de debilitar el lugar del Reino en la escena continental involucrando a todos las instituciones de la Unión en la cuestión del Sáhara.
Como miembro de la UA, Marruecos apuesta por una solución política definitiva al contencioso del Sáhara marroquí, a través de la “iniciativa de autonomía” que sigue consiguiendo el apoyo de varios Estados y organizaciones de África y del mundo, que consideran es la solución más seria, realista y creíble para la resolución del conflicto del Sáhara.
Asimismo, el derecho a la autodeterminación no otorga a una parte de la población la posibilidad de convertirse en un estado soberano. Si este fuera el caso, esto pondría en peligro a todos los estados miembros de la UA y la ONU, cada uno de los cuales contiene poblaciones que desean convertirse en estados.
Con este fin, la Corte no debe adoptar en modo alguno, fuera de su jurisdicción legal, un discurso político, en particular contra un Estado que no es parte de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos.
La sentencia del Tribunal pone de manifiesto el desconocimiento por parte de los jueces de este órgano de la evolución de la cuestión del Sáhara marroquí y del Mecanismo de la Troika de la UA que ha despojado, desde 2018, de todos los organos de la UA para la resolución de esta disputa.
En consecuencia, la Corte Africana está llamada a mantener su imparcialidad y objetividad en relación con la cuestión del Sáhara marroquí ya no apropiarse de las tesis de los enemigos de Marruecos al respecto.
Además, el retiro por parte de varios Estados africanos, como Ruanda, Tanzania, Benin y Côte d’Ivoire, de su declaración especial hecha en virtud del artículo 34 (6) del protocolo que establece la Corte Africana, poniendo fin a la jurisdicción de esta jurisdicción para recibir directamente denuncias de particulares y ONG, demuestra la falta de imparcialidad de estas últimas, lo que amenaza la paz y la seguridad del continente africano.
La cuestión del retorno del Reino a la Organización Continental, siendo una decisión suprema de los Jefes de Estado africanos, difícilmente entra dentro de la competencia de los demás órganos de la UA. En consecuencia, la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, no está facultada para pronunciarse ni cuestionar la viabilidad de la readmisión de Marruecos en la Unión Africana.
Al final, cabe subrayar que esta decisión no afectará a los vínculos seculares del gobierno marroquí con sus poblaciones en las provincias del sur y países amigos de Marruecos.