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Multado con 375 euros por escupir en la calle en Avilés

Desde enero se han abierto 80 expedientes por infracciones a la Ordenaza Municipal de Limpieza y Zonas Verdes con un importe mínimo de 125 euros

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El Ayuntamiento de Avilés ha abierto, entre el 1 de enero y el 30 de julio, un total de 80 expedientes por infracciones a la Ordenanza Municipal de Limpieza y Recogida de Residuos y a la Ordenanza de Uso y Protección de las Zonas Verdes, de acuerdo con las respectivas actas de denuncia elaboradas por la Policía Local de Avilés. Uno de esos expedientes corresponde a un ciudadano denunciado por escupir a la vía pública ante la presencia de los agentes de la Policía Local. Este vecino fue sancionado con una multa de 375 euros.

De entre los 80 expedientes iniciados, la cifra más abultada corresponde a las infracciones al artículo 8.1.e de la Ordenanza de Limpieza: «Escupir, orinar o defecar en la vía pública», con 29 expedientes abiertos que conllevarán sanciones de un mínimo de 125 euros. Según cada caso, este importe puede verse incrementado en función de la naturaleza de los hechos, los perjuicios ocasionados o la circunstancia de la reincidencia, entre otros.

Según explicó el concejal de Mantenimiento y Diseño Urbano Pelayo García, «al igual que ningún ciudadano o ciudadana escupe, orina o defeca en el salón de su casa, ni permite que sus animales de compañía lo hagan, ni realiza pintadas ni esparce su basura en su vivienda, parece lógico que tampoco se toleren estos comportamientos incívicos en las calles, parques o plazas. Estos espacios públicos son, precisamente, los salones que todos compartimos y disfrutamos, en los que recibimos a nuestros visitantes y en los que invertimos recursos para su correcta limpieza y mantenimiento».

Además, García recordó que «los expedientes sancionadores son la última herramienta de la administración para garantizar el cumplimiento de las normas básicas de convivencia» y apeló a «la responsabilidad ciudadana para garantizar la mínima urbanidad, conservar y mantener el buen estado de calles, plazas y parques». Ha recordado que las infracciones a las ordenanzas locales deben sancionarse con multas menores que pueden llegar a los 3.000 euros.

La segunda infracción más repetida en este periodo es la realizada al artículo 27 de la Ordenanza de Limpieza: «Se prohíbe toda clase de pintadas y graffiti en la vía pública, tanto en las calzadas, aceras y mobiliario público, como en los muros, paredes, estatuas, monumentos y otros elementos verticales existentes». Se han tramitado 27 sanciones, con importes de hasta 500 euros.

Oussama Saadoune

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